El régimen décimo transitorio del ISSSTE es un sistema de pensiones para trabajadores que cotizaron antes de la reforma de 2007 y eligieron mantenerse bajo el esquema anterior. Las pensiones se calculan con base en el último año de servicio y las modalidades principales son jubilación, edad y tiempo de servicio, y cesantía en edad avanzada.
Características principales:
Para quién es: Trabajadores activos en 2007 que optaron por mantener el régimen de pensiones anterior, también conocido como régimen de reparto.
Cálculo de la pensión: El monto se calcula con base en el último sueldo básico del año inmediato anterior a la baja, y los beneficios se actualizan conforme a la ley.
Modalidades de pensión:
Jubilación: Generalmente requiere 30 años de servicio para hombres y 28 para mujeres, con edades mínimas que aumentan gradualmente. Se puede otorgar con el 100% del sueldo básico, dependiendo de los años de servicio.
Edad y tiempo de servicio: Aplica al tener al menos 60 años de edad y entre 15 y 29 años de servicio, obteniendo entre el 50% y el 95% del sueldo básico.
Cesantía en edad avanzada: Se otorga a partir de los 60 años con un mínimo de 10 años de servicio, con una pensión de entre el 40% y el 50% del sueldo básico, que varía según los años de edad adicionales.
Invalidez: Para trabajadores con al menos 5 años cotizados que sufran una incapacidad total.
Por muerte: Protege a los beneficiarios legales en caso de fallecimiento del afiliado.
Beneficios adicionales: Los pensionados pueden recibir aguinaldo, bono de despensa y previsión social múltiple.
Requisitos y trámites:
Acudir al departamento de pensiones de la delegación del ISSSTE que te corresponda.
Presentar documentos como identificación oficial, estado de cuenta bancario y CURP.
Si aplica, presentar documentos para beneficiarios como acta de matrimonio, acta de nacimiento, etc.
Improcedencia de Pensión Régimen Décimo Transitorio
En caso de no cumplir con los requisitos para una pensión, el ISSSTE te dará una resolución de improcedencia de pensión con la que podrás recuperar la totalidad de recursos que se hayan acumulado en tu cuenta Afore.
1. ¿Qué requisitos y documentos necesitas para realizar este retiro?
Requisitos:
Estar registrado en una Afore para poder realizar el trámite de disposición de recursos.
Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en tu Afore).
Documentos:
Identificación oficial (original y copia).
Carta de no adeudo de crédito para la vivienda (FOVISSSTE) (original y copia).
Estado de cuenta bancario a tu nombre con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE).
Estado de Cuenta de la Afore o algún comprobante que acredite tu registro (si no cuentas con él solicítalo a tu Afore).
2. ¿Qué pasos debes seguir para realizar este retiro?:
Si acudes al ISSSTE a realizar tu trámite de pensión y éste te otorga una resolución de improcedencia de pensión por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley de acuerdo al régimen pensionario que te corresponda, deberás acudir a tu Afore con la resolución de improcedencia de pensión en original y copia y entregarla junto con la documentación antes mencionada.
Llena y firma la Solicitud de Disposición de Recursos SAR ISSSTE que la Afore te proporcionará.
3. ¿Qué recursos de la cuenta Afore se entregan?:
Retiro 2008
FOVISSSTE 2008
En caso de tener recursos de SAR ISSSTE 92 y SAR FOVISSSTE 92, estos se te entregarán hasta cumplir 65 años.
El régimen de cuentas individuales de la Ley del ISSSTE 2007 es un sistema de pensiones en el que cada trabajador tiene una cuenta personal en una Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE) donde se depositan las aportaciones de los trabajadores y el patrón para financiar su pensión. Este esquema es para quienes comenzaron a cotizar al ISSSTE a partir del 1 de abril de 2007 o para quienes optaron por migrar a este sistema. Al momento del retiro, las opciones son: una Renta Vitalicia con una aseguradora, un Retiro Programado con la AFORE, o una Pensión Garantizada si los fondos no son suficientes.
Características principales
Cuenta personal: Cada trabajador tiene una cuenta individual donde se acumulan sus ahorros para la pensión.
Aportaciones: Las aportaciones provienen del trabajador, el patrón y el Gobierno Federal.
Administración: Las AFORE administran las cuentas y las invierten para generar rendimientos.
Ahorro voluntario: Los trabajadores pueden realizar aportaciones voluntarias para incrementar el monto de su pensión.
Opciones de pensión al momento del retiro
Renta Vitalicia: Se contrata con una aseguradora para recibir una pensión mensual de por vida. El monto depende del saldo acumulado en la cuenta.
Retiro Programado: La AFORE realiza pagos mensuales hasta que el saldo de la cuenta individual se agote.
Pensión Garantizada: Se otorga por el gobierno si los recursos de la cuenta individual no alcanzan para contratar una Renta Vitalicia o un Retiro Programado.
¿Quiénes están en este régimen?
Trabajadores que empezaron a cotizar al ISSSTE a partir del 1 de abril de 2007.
Trabajadores que estaban activos antes de esa fecha y optaron por migrar a este régimen.
También puedes realizar una simulación de pensión en la página de Calculadora para Trabajadores que Cotizan al ISSSTE.
Puedes sacar tu cita ISSSTE.
La portabilidad del régimen de cuentas individuales de la Ley del ISSSTE de 2007 permite
unificar los periodos de cotización con otros institutos como el IMSS para mejorar la pensión. Este derecho se basa en un convenio interinstitucional que suma semanas o años trabajados sin ser simultáneos y es crucial para quienes cotizaron en diferentes sistemas. Para realizarlo, debes acudir a la última institución donde cotizaste y presentar la documentación requerida, como identificación oficial y CURP.
¿Qué es y cómo funciona?
Unificación de cotizaciones: Es un acuerdo para sumar los periodos de cotización del ISSSTE (a partir de la Ley de 2007) y el IMSS, o incluso de otras instituciones como Pemex.
Beneficio: Permite cumplir más fácilmente con los requisitos de pensión y, en algunos casos, puede resultar en una pensión más alta al considerar todas las semanas cotizadas.
No aplica para cotizaciones simultáneas: No puedes sumar los periodos de cotización que hayas realizado al mismo tiempo en ambos institutos.
¿Cómo realizar el trámite?
Acude a la última institución: Inicia el trámite en la institución en la que tuviste tu última cotización. Si la baja fue simultánea, puedes ir a cualquiera de las dos.
Reúne la documentación: Necesitarás una identificación oficial con fotografía, CURP y un comprobante de tu registro bajo el régimen de cuentas individuales del ISSSTE (como el Expediente Electrónico Único).
Presenta la solicitud: Acude al departamento de pensiones de la institución correspondiente y presenta la documentación para iniciar el trámite.
Consideraciones importantes
Régimen de Cuentas Individuales: Este régimen aplica para quienes comenzaron a cotizar al ISSSTE a partir del 1 de abril de 2007 o para quienes ya cotizaban antes y eligieron este nuevo sistema.
Estrategia de portabilidad: En algunos casos, la portabilidad de cuentas individuales del ISSSTE al IMSS bajo la Ley 73 puede ser ventajosa para aprovechar beneficios como la Modalidad 40 del IMSS, pero esto debe analizarse caso por caso.
Portabilidad de Derechos pensionarios entre el IMSS e ISSSTE.